El grabado de autopartes consiste en marcar de forma indeleble el número de dominio del vehículo en determinadas piezas de la carrocería, con el objeto de dificultar el desarmado y la comercialización ilegal de vehículos robados.
No es una obligación nacional. Cada provincia decide si lo exige mediante su propia ley. Actualmente rige en siete jurisdicciones.
Dónde es obligatorio el grabado de autopartes
| Jurisdicción | Norma provincial |
|---|---|
| Provincia de Buenos Aires | Ley 14.497 |
| Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Ley 3708 |
| Córdoba | Ley 10.110 |
| Mendoza | Leyes 8.248 y 8.626 |
| Río Negro | Ley 5275 |
| San Juan | Ley 1707-C |
| Santa Fe | Ley 13.969 |
En las restantes diecisiete jurisdicciones no se localizó norma provincial que imponga el grabado de autopartes de carrocería. Allí solo resulta exigible el grabado de dominio en los cristales, de alcance nacional.
Qué piezas se graban
La Ley 14.497 de la Provincia de Buenos Aires, que sirve de referencia al resto, establece el grabado en la parte interior y superior del capot, el lateral externo de todas las puertas y la parte interior y superior del baúl. En vehículos de dos puertas, el grabado se realiza en los parantes.
Los lugares concretos pueden variar según la reglamentación de cada provincia.
Qué vehículos quedan exceptuados
El alcance depende de cada norma provincial. En la Provincia de Buenos Aires quedan fuera los motovehículos y la maquinaria agrícola. En Córdoba, en cambio, la Ley 10.110 incorpora expresamente a ciclomotores y motocicletas.
Antes de concurrir conviene verificar el alcance en la provincia donde esté radicado el vehículo.
Relación con la verificación policial
En las jurisdicciones donde el grabado es obligatorio, su ausencia puede impedir completar el trámite de verificación. En las jurisdicciones sin norma provincial, el grabado de autopartes no es requisito para la VPA.
Antes de concurrir a la planta
La información de esta página tiene carácter orientativo y está sujeta a cambios sin previo aviso. Confirme el requisito y su alcance directamente ante el organismo competente de su provincia.